¿Por qué…tanta afirmación de valores proambientales, tanto derecho ambiental con sus normas y sus leyes, tanta decisión para intentar enmendar el lamentable curso de las cosas, parecen resultar tan ineficaces? A mi entender, las razones se hallan principalmente en un conflicto de fondo entre el modo de organización socioeconómica que prevalece y las exigencias de protección ecológica (y social)
Jorge Riechmann
Actualmente se encuentran en tratamiento parlamentario diferentes proyectos destinados a incluir en el Código Penal de nuestro país un título ambiental y ello obedece a un hecho incontrastable: los marcos legales e institucionales existentes para la protección ambiental en Argentina han sido insuficientes para alcanzar una efectiva tutela del bien jurídicamente protegido.
Sin dejar de reconocer que resulta positivo avanzar en la tutela penal para el ambiente, se debe tener en claro que, si dicha tutela responde a una visión trivial según la cual el ambiente se toma en consideración sólo de modo indirecto; simplemente como lo que rodea al ser humano, la aplicación del Código Penal en materia ambiental mostrará la misma ineficacia que caracteriza al resto de la legislación ambiental. Ineficacia que responde a un modelo causal complejo en el que no se debe perder de vista que el Derecho, como parte fundamental de la superestructura socioeconómica del sistema, se encuentra al servicio de una sociedad productivista-crecimientista y ello define una perversión del Derecho lo cual se erige como poderoso obstáculo a los urgentes y necesarios procesos de transición ecosocial. Como bien lo destacaba Iván Illich: …los operadores de la instrumentación jurídico-social están profundamente intoxicados por la mitología del crecimiento y su visión de lo posible y de lo factible se mantiene conforme al adoctrinamiento productivista, a partir de lo cual, sería locura esperar que los gerentes de una sociedad productivista se transformaran en vestales de la sociedad convivencial.
Es por lo anterior que resulta urgente y necesaria una evolución en el proceso de ecologización del pensamiento que -como bien lo describe Edgar Morin- se desarrolla a partir de la reintegración del ambiente en nuestra consciencia antroposocial y en la complejización de la idea de naturaleza a través de las ideas de ecosistema y de biosfera. Son estas ideas las que nos hacen entender que la naturaleza orgánica es una totalidad sistémica integrada, un continuum orgánico de la que la especie humana no es un miembro privilegiado, y que, en consecuencia, la depredación del ambiente amenaza los sistemas naturales que hacen posible la vida en el planeta, razón por la que no debemos violar la integridad y la estabilidad del ambiente natural y no debemos atentar contra las relaciones naturales de interdependencia que constituyen o mejor, deberían constituir, el bien jurídicamente tutelado y hasta que ello no ocurra, seguiremos siendo testigos de la ineficacia de la legislación ambiental; ineficacia que, como lo sostiene Antonio Andaluz, puede ser considerada como una de sus características o rasgos distintivos. Cosa terrible: como decir que el ser de algo es su no ser.